Faustín Mafeza
El Tribunal Penal Internacional para Ruanda (TPIR) fue creado por la Resolución 955 del 8 de noviembre de 1994. Este tribunal fue establecido para el procesamiento de personas responsables de genocidio y otras violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de Ruanda, y de ciudadanos ruandeses responsables de tales violaciones del derecho internacional cometidas en el territorio de Estados vecinos, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1994. Este artículo analiza el juicio dictado por el TPIR a los acusados que fueron procesados por el delito de conspiración para cometer genocidio por actos cometidos en los años anteriores a 1994. El caso del coronel Théoneste Bagosora, Ferdinand Nahimana y sus coacusados nos ha servido como ejemplos para examinar si el período de la jurisdicción temporal del TPIR tuvo o no un impacto en el establecimiento de la prueba presentada por el Fiscal. En estos juicios, el fiscal fue criticado por los jueces por presentar las pruebas de delitos que fueron cometidos fuera del fuero temporal, por lo que los acusados del delito de concierto para cometer genocidio fueron absueltos.